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10 de agosto de 2022El contrato de trabajo por horas es un tipo de contrato a tiempo parcial. Esto quiere decir que la jornada laboral se contabiliza por el número de horas, siempre que estas sean inferiores a las 40 horas semanales. Ya que en tal caso se trataría de un contrato a jornada completa.
Desde el Ministerio de Trabajo se define el contrato por horas o a tiempo parcial “cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable”.
Requisitos contrato por horas
Los servicios que ofrecen las secretarias virtuales, en la mayoría de las ocasiones es por horas. Es por ello, que el contrato es parcial y para que este cumpla con la legalidad y se efectúe correctamente se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tiene que quedar formalizado por escrito. Debe presentarse en el SEPE en un plazo máximo de 10 días desde su formalización.
- En el contrato debe aparecer obligatoriamente el número de horas trabajadas (diarias, semanales o mensuales) y cómo se distribuyen.
- Se pueden ampliar las horas según las circunstancias, pero nunca como horas extraordinarias.
- Un contrato a jornada parcial puede ser temporal o indefinido.
- Es compatible con la ayuda por desempleo siempre que el ingreso sea inferior al 75% del salario mínimo interprofesional, no se tengan rentas propias y haya familiares a cargo.
- Se tiene derecho a vacaciones. En los contratos de jornada parcial se calculan teniendo en cuenta los días trabajados y no las horas.
Cuando se habla de contratar los servicios de una secretaria virtual lo más habitual es hacerlo por horas. Sus servicios se prestan por un número determinado de horas y así la empresa puede ahorrar costes sin descuidar la atención de los clientes.



