El contrato de trabajo por horas es un tipo de contrato a tiempo parcial. Esto quiere decir que la jornada laboral se contabiliza por el número de horas, siempre que estas sean inferiores a las 40 horas semanales. Ya que en tal caso se trataría de un contrato a jornada completa.
Desde el Ministerio de Trabajo se define el contrato por horas o a tiempo parcial “cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable”.
Los servicios que ofrecen las secretarias virtuales, en la mayoría de las ocasiones es por horas. Es por ello, que el contrato es parcial y para que este cumpla con la legalidad y se efectúe correctamente se deben cumplir los siguientes requisitos:
Cuando se habla de contratar los servicios de una secretaria virtual lo más habitual es hacerlo por horas. Sus servicios se prestan por un número determinado de horas y así la empresa puede ahorrar costes sin descuidar la atención de los clientes.